¿Puedo conducir en España con el carnet colombiano?
Sí, pero con fecha de caducidad: los 6 meses desde tu residencia
- Te decimos hasta qué día puedes conducir con tu licencia
- Presentamos el canje pronto para que no te quedes a pie
- Con el provisional español vuelves a conducir sin límite
✅ Hoy lo tramitamos por la vía de gestores: nos haces llegar el original, lo presentamos por ti y te enviamos el provisional por email.

- Gestión completa y revisión de tu documentación antes de presentar
- IVA y tasa de la DGT (28,87 €) incluidos
- Presentación online y seguimiento semanal por el chat y por correo
Lo presentamos nosotros en la DGT. Tú nos haces llegar los papeles y recibes el permiso provisional sin hacer colas.
¿Puedo canjear mi licencia colombiana?Paso 1 de 3
Enviar mis respuestas por el chatDe tu carnet de Colombia a tu permiso español
No solo te lo tramitamos: esto es lo que nos mandas, lo que hacemos y lo que tienes al final.
1Lo que nos mandas
- Primero, una foto de tu carnet de Colombia por delante y por detrás y de tu NIE o TIE: así revisamos tu caso
- Después, tu carnet ORIGINAL y los papeles firmados que te pidamos: te mandamos la lista exacta y cómo hacérnoslos llegar
- Si tu país lo pide, el certificado del carnet: te decimos cómo conseguirlo
2Lo que hacemos nosotros
Te decimos si tu canje sale y qué falta, antes de pagar nada.
Te mandamos la factura proforma con tu gestor asignado.
Preparamos tu expediente y lo presentamos en la DGT. Tú no haces colas.
En cuanto la DGT emite tu permiso provisional, te lo hacemos llegar: con él ya conduces.
Así es la proforma que recibes antes de pagar nada:
3Lo que tienes en la mano

Hoy: así es el carnet de Colombia que canjeamos (modelo oficial de muestra)

Después: tu permiso español (modelo oficial de muestra)
Imágenes de modelos oficiales de muestra; los datos y las personas que aparecen son ficticios.
| Tu carnet de Colombia | Tu permiso español | |
|---|---|---|
| Dónde vale para conducir | En Colombia y, como residente en España, solo los primeros 6 meses | En España y en toda la Unión Europea, sin límite de tiempo |
| Renovación | En Colombia, con viaje o trámites a distancia | En España, en cualquier Jefatura, cuando toque |
| Puntos | No tiene puntos en España | 12 puntos si tu carnet tiene más de 3 años; si no, 8 |
| Si lo pierdes o te lo roban | Duplicado en Colombia | Duplicado en España, sin salir del país |
El plazo del canje de un carnet de Colombia te lo confirmamos al revisar tu caso, con lo que están tardando los últimos expedientes. La tarjeta definitiva la fabrica la DGT y te llega a casa por correo postal.
4Lo que cambia en tu vida

Trabajar al volante con tu permiso español: muchos empleos de reparto y transporte lo piden.
La respuesta depende de una sola cosa: si eres residente
| Tu situación | ¿Puedes conducir con la licencia colombiana? | Hasta cuándo |
|---|---|---|
| Turista | Sí, con la licencia en vigor y el pasaporte | Mientras dure tu estancia legal como turista |
| Estudiante con TIE de estancia | Sí, con la licencia en vigor | 6 meses desde la entrada legal en España |
| Residente legal (TIE de residencia, arraigo, trabajo, familiar UE) | Sí | Hasta 6 meses desde la fecha de tu residencia legal |
| Colombiano con nacionalidad española que vive aquí | Sí | Hasta 6 meses desde que fijaste tu residencia en España |
| Residente desde hace más de 6 meses | No | Hasta tener el provisional español del canje |
| Licencia vencida | No, en ningún caso | Hay que renovarla en Colombia |
La Licencia de Conducción colombiana está en castellano, así que no necesitas traducción ni permiso internacional para conducir aquí durante el tiempo en que es válida. Lleva siempre la tarjeta física: la licencia en el móvil no te sirve ante un agente en España.
La regla de los 6 meses, explicada
El Reglamento General de Conductores permite conducir en España con un permiso de un país de fuera de la UE durante los 6 meses siguientes a la adquisición de la residencia normal. Pasado ese tiempo, el permiso extranjero deja de habilitarte para conducir aquí, aunque siga vigente en Colombia. Para los colombianos, esos 6 meses empiezan, en la práctica, en la fecha de la primera autorización de residencia: la que figura en tu TIE o en la resolución.
Tres cosas que mucha gente no sabe:
- Presentar el canje no amplía el plazo. Tener el expediente en marcha no te permite conducir con la colombiana más allá de los 6 meses. Lo que te vuelve a habilitar es el provisional que te dan en la Jefatura el día de la cita.
- El plazo no se reinicia por salir de España y volver, ni por renovar la TIE.
- El canje se puede hacer igualmente después de los 6 meses. No pierdes el derecho a canjear: solo pierdes el derecho a conducir con la licencia colombiana mientras tanto. Lee he pasado los 6 meses.
Cómo no quedarte sin poder conducir
Apunta tu fecha de residencia
Mira la fecha de tu primera TIE de residencia o de la resolución. Suma 6 meses. Ese es tu último día con la licencia colombiana.
Pide el certificado colombiano cuanto antes
Es el tramo más largo y no depende de la DGT. Pídelo al organismo de tránsito y apostíllalo en línea incluso antes de tener la TIE.
Presenta en los primeros meses
Con el certificado y el psicotécnico, presentamos por el canje digital y elegimos una Jefatura que cite pronto. Así el provisional suele llegar antes de que se acaben los 6 meses.
Recoge el provisional
En la cita entregas la licencia colombiana y sales con el provisional, que te permite conducir en España desde ese momento con tu antigüedad colombiana.
Casos que nos preguntan cada semana
✅ TIE de hace tres meses y canje presentado
Puede conducir con la licencia colombiana hasta que se cumplan los 6 meses. Si la cita llega antes, a partir de ese día conduce con el provisional.
✅ De visita para ver a la familia en Madrid
Como turista, conduce con su licencia colombiana en vigor. No puede canjear porque no es residente, ni le hace falta.
⚠️ Lleva cinco meses y medio y aún no ha presentado
Le quedan días. Presentamos ya, pero lo más probable es que pase un tiempo sin poder conducir hasta la cita. Elegimos la Jefatura más rápida para acortar ese hueco.
❌ Residente desde hace dos años y sigue conduciendo con la colombiana
Está conduciendo sin un permiso válido en España. Si le paran, le multan y puede tener problemas con el seguro en caso de accidente. Debe dejar de conducir, presentar el canje y esperar el provisional.
❌ Conduce con la licencia digital del móvil
En España hay que llevar el permiso original. La versión digital colombiana no está reconocida aquí.
Qué te juegas si conduces fuera de plazo
- Una sanción por conducir sin permiso válido en España. Para Tráfico, pasados los 6 meses tu licencia colombiana ya no te habilita. Lee multa por conducir sin canjear.
- Problemas con el seguro. Si tienes un accidente, la aseguradora puede reclamarte lo que pague a terceros por conducir sin permiso válido. Mira seguro con carnet extranjero.
- Inmovilización del vehículo hasta que llegue un conductor habilitado.
- Ninguna consecuencia sobre el canje en sí: el canje sigue siendo posible. Pero no merece la pena el riesgo.
Alquilar un coche o trabajar conduciendo
Las empresas de alquiler suelen aceptar la licencia colombiana a turistas, con pasaporte y tarjeta de crédito, y cada una pone sus condiciones de antigüedad mínima. Si eres residente y han pasado los 6 meses, legalmente no deberías alquilar con ella aunque el mostrador no lo pregunte. Para trabajar conduciendo (reparto, VTC, transporte) la empresa te pedirá el permiso español: el provisional del canje sirve desde el primer día. Más en alquilar con carnet extranjero.
Plazo real
El plazo del canje de un carnet de Colombia te lo confirmamos al revisar tu caso, con lo que están tardando los últimos expedientes. Si lo comparas con tus 6 meses, verás por qué insistimos en presentar pronto: cuanto antes entra el expediente, menos probable es quedarte sin poder conducir. Más en cuánto tarda el canje colombiano.
El documento difícil: la fecha de tu residencia
Todo depende de saber desde cuándo eres residente. Con una TIE de residencia es fácil: está en la tarjeta o en la resolución. Si llegaste como estudiante y luego cambiaste a residencia, cuenta la fecha del cambio. Si eres colombiano con DNI español, la DGT toma la fecha en que fijaste tu residencia aquí (padrón, baja consular, primer contrato). Si no lo tienes claro, escríbenos por el chat con la foto de tu tarjeta y te decimos hasta qué día puedes conducir.
Preguntas frecuentes
¿Puedo conducir en España con mi licencia colombiana?
Sí. Como turista o estudiante, durante los 6 meses siguientes a tu entrada legal en España. Como residente, durante los 6 meses siguientes a tu residencia legal. Después necesitas el permiso español.
¿Necesito permiso internacional para conducir en España con licencia colombiana?
No. La licencia colombiana está en castellano, así que basta con la tarjeta en vigor y tu documento de identidad.
¿Desde cuándo cuentan los 6 meses?
Desde la fecha de tu residencia legal en España, normalmente la de tu primera autorización de residencia. No desde la llegada.
Ya presenté el canje, ¿puedo seguir conduciendo con la colombiana?
Solo si no han pasado los 6 meses. Presentar el canje no amplía el plazo; lo que te vuelve a habilitar es el provisional.
Han pasado los 6 meses, ¿puedo canjear todavía?
Sí. El canje se puede hacer igual. Lo que no puedes es conducir con la licencia colombiana hasta tener el provisional.
¿Qué pasa si me paran conduciendo con la licencia colombiana después de los 6 meses?
Te pueden sancionar por conducir sin permiso válido en España y, en caso de accidente, el seguro puede reclamarte. Además pueden inmovilizar el vehículo.
¿Vale la licencia colombiana del móvil para conducir en España?
No. Tienes que llevar la tarjeta física.
¿Con el provisional del canje puedo conducir ya?
Sí, en España, desde el día de la cita y con tu antigüedad colombiana. El definitivo llega después por correo.
¿Si salgo de España y vuelvo se reinician los 6 meses?
No. El plazo se cuenta desde que adquiriste la residencia, no desde tu última entrada.
La ley
La validez en España de los permisos expedidos fuera de la UE durante los 6 meses siguientes a la adquisición de la residencia normal está en el Reglamento General de Conductores, Real Decreto 818/2009. La DGT lo explica en su página sobre conducir con un permiso extranjero. El canje con Colombia se basa en el convenio de 31 de julio de 2003.
Profesionales especializados en el canje. Revisado con la lista oficial de convenios de la DGT (26/06/2026).
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