¿Puedo hacer el canje con arraigo en trámite?

Todavía no, pero puedes dejarlo todo listo para ese día

  • Preparamos el documento de tu país mientras esperas
  • Presentamos el canje en cuanto llega la resolución
  • Precio cerrado, tasa incluida, en dos pagos

✅ Hoy lo tramitamos por la vía de gestores: nos haces llegar el original, lo presentamos por ti y te enviamos el provisional por email.

Mujer escribiendo por el chat desde el móvil en el salón de su casa
📱Lo presentamos nosotros, sin colas
📍Sin pedir cita por tu cuenta
🧾Proforma antes de pagar
🌍33 países con convenio + UE
Canje de carnet de conducir
197€
  • Gestión completa y revisión de tu documentación antes de presentar
  • IVA y tasa de la DGT (28,87 €) incluidos
  • Presentación online y seguimiento semanal por el chat y por correo
67 € al encargar130 € al llegar la documentación
Reconocimiento médico aparte. Antes del pago te enviamos la factura proforma con el gestor o responsable asignado a tu trámite; el segundo pago, al llegar la documentación.
Sin colas y sin pedir cita
Lo presentamos nosotros en la DGT. Tú nos haces llegar los papeles y recibes el permiso provisional sin hacer colas.

¿Puedo canjear mi carnet?Paso 1 de 3

Enviar mis respuestas por el chat

La respuesta corta

No, mientras el arraigo esté en trámite. El canje exige residencia legal y la residencia por arraigo empieza con la resolución favorable, no con la solicitud. Con el resguardo de haberlo pedido, la DGT no admite el expediente y la tasa se perdería.

La buena noticia: el tiempo de espera se puede aprovechar. Si tu país tiene convenio y tu carnet es de antes de venir, el día que te concedan el arraigo podrás presentar el canje con todo preparado, y tus 6 meses para conducir con el carnet de origen empezarán a contar desde esa fecha.

Qué hacer mientras esperas la resolución

1⏱ 5 minutos

Comprueba que tu carnet se puede canjear

País con convenio, carnet en vigor, en tarjeta física y obtenido antes de cualquier residencia en España. Si tuviste antes una TIE que no renovaste, dínoslo: puede cambiar la fecha que mire la DGT.

2⏱ según el país

Pide el documento de tu país

Certificado de la autoridad de tráfico, apostilla o legalización y traducción si el convenio lo pide. Es lo que más tarda, así que es lo primero.

3⏱ según el país

Renueva el carnet si va a caducar

Para el canje tiene que estar en vigor. Si lo renuevas, pide también un certificado con la fecha de la primera obtención.

4⏱ 30 minutos

Deja el psicotécnico para el final

Vale 90 días. Hazlo cuando tengas la resolución o esté a punto de llegar.

5⏱ 1 día

Presenta el día de la resolución

Con la resolución favorable se presenta el canje por la vía digital, sin esperar a la TIE. La tarjeta la necesitarás para la cita en la Jefatura.

Casos que vemos

❌ Presentó el canje con el resguardo del arraigo

Requerimiento para acreditar residencia, no pudo aportarla en plazo y el expediente se archivó. La tasa no se devuelve. Tuvo que empezar de nuevo con la resolución.

✅ Esperó con el certificado de su país ya apostillado

Le concedieron el arraigo un martes y el jueves estaba presentado. Sus 6 meses para conducir le dieron margen para llegar al provisional.

⚠️ Arraigo denegado y recurso en marcha

Sin residencia no hay canje mientras se resuelve el recurso. Si se estima, la fecha que cuente será la que fije la resolución. Hasta entonces, nada de pagar tasas.

Errores frecuentes

  • Pagar la tasa con el resguardo. No hay canje sin resolución favorable.
  • Contar los años de espera como residencia. Para la DGT no lo son.
  • Sacar o renovar el carnet en tu país sin certificado de antigüedad. Puede parecer posterior a tu residencia.
  • Hacer el psicotécnico al pedir el arraigo. Caduca antes de que te lo concedan.
  • Esperar a la TIE para empezar. Los 6 meses ya corren desde la resolución.

¿Puedo conducir mientras se resuelve el arraigo?

Por lo general, no. Sin residencia, tu carnet extranjero solo te ampara durante una estancia regular, y quien pide arraigo suele llevar ya bastante tiempo en España. Desde la concesión, en cambio, puedes conducir con tu carnet en vigor durante 6 meses. Lo explicamos en canje con arraigo y en si cuenta el tiempo irregular como residencia.

Plazo real

El plazo te lo confirmamos al revisar tu caso, con lo que están tardando los últimos expedientes. Ese tiempo empieza al presentar con la resolución. Si para entonces el documento de tu país ya está en la mano, el canje arranca sin huecos.

Cómo te ayudamos

Revisamos gratis tu carnet y tu historial, te decimos qué documento pedir a tu país y lo dejamos preparado. Cuando llegue la resolución, profesionales especializados en el canje lo presentan por la vía digital. Precio cerrado de 197 €, IVA y tasa incluidos, en dos pagos: 67 € al encargar y 130 € al llegar la documentación. Escríbenos por el chat.

Preguntas frecuentes

¿Puedo canjear el carnet con el arraigo solicitado?

No. Hace falta la resolución favorable. Con el resguardo de la solicitud la DGT no admite el canje.

¿Tengo que esperar a la TIE?

No. Con la resolución favorable ya se puede presentar. La TIE la necesitarás para la cita en la Jefatura.

¿Desde cuándo cuentan mis 6 meses para conducir?

Desde la concesión del arraigo.

¿Los años que llevo en España cuentan como residencia?

No para el canje. Por eso un carnet traído al llegar sigue siendo anterior a tu residencia.

¿Qué puedo adelantar mientras espero?

El documento de tu país, la apostilla o la traducción, y la renovación del carnet si está a punto de caducar.

Me han denegado el arraigo, ¿puedo canjear?

No mientras no tengas otra autorización de residencia o se estime tu recurso.

¿Puedo conducir con mi carnet mientras me lo resuelven?

Por lo general, no, si ya llevas tiempo en España sin residencia. Desde la concesión, sí, durante 6 meses.

¿Cuánto cuesta?

Precio cerrado de 197 €, IVA y tasa incluidos, en dos pagos: 67 € al encargar y 130 € al llegar la documentación. Psicotécnico aparte.

La ley

Los arraigos son autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales reguladas en el Reglamento de extranjería (Real Decreto 1155/2024). El canje exige residencia normal en España según el artículo 22 del Reglamento General de Conductores.

CC
Escrito por el equipo de Canje Carnet de Conducir
Profesionales especializados en el canje. Revisado con la lista oficial de convenios de la DGT (26/06/2026).

¿Empezamos tu canje hoy?

Mándanos por el chat una foto de tu carnet y te decimos en minutos si se puede canjear y qué te falta.

Escríbenos
Scroll al inicio
Escríbenos